jueves, 8 de octubre de 2009

LOS ACTOS UNILATERALES DE CHAVEZ SON FUENTE DEL DERECHO INTERNACIONAL


En el pensamiento Jurídico Internacional siempre se ha sostenido que el Derecho Internacional (DI) es un sistema Jurídico especifico por su carácter descentralizado y no puede ser de otra manera ya que responde a una realidad Internacional muy concreta con una subjetividad muy diferente a la existente en el Derecho Interno de los estados. La doctrina ha sostenido a lo largo de los últimos años que las fuentes del Derecho Internacional son los tratados internacionales, la costumbre, los principios generales del derecho y como fuentes subsidiarias la misma doctrina, las decisiones jurisprudenciales y la equidad. Durante todo el siglo XX esta fue la postura dominante; sin embargo de un examen detenido sobre todo de la práctica internacional es posible advertir que la normatividad internacional tiene formas de manifestación mucho más amplias y en algunos casos mucha más sofisticadas. Esto es interesante, pues al no ser consideradas como fuentes, estas nuevas manifestaciones crean un vacío jurídico que se manifiesta en la falta de controles internos y en la poca atención que la doctrina del DI pone sobre ellas; como lo interpreta el destacado Jurista Manuel Becerra Ramírez cuando dice que esta situación se debe a la sacralización que los doctrinantes han hecho del articulo 38-1 del estatuto de la Corte Internacional de Justicia, cuando en realidad esto es solo un punto de referencia.
Los actos Unilaterales del presidente de Venezuela Coronel Hugo Chávez Frías, son a mi modo de ver fuente de derecho Internacional pues este personaje no solamente esta afectando la diplomacia con otros estados sino que ha afectado sus economías y esta a un paso de declarar un estado de guerra en este caso con la Hermana Republica de Colombia. Estos actos Unilaterales de Chávez son también fuente de derecho Internacional pues de acuerdo al concepto emanado de las Naciones Unidas en 1997 por el relator especial Víctor Rodríguez Cedeño se entiende por acto unilateral del estado: Una manifestación de voluntad inequívoca del estado, formulada con la intención de producir efectos jurídicos en sus relaciones con uno o varios estados o una o varias organizaciones internacionales y que es del conocimiento de ese Estado o de esa organización Internacional. El presidente Coronel Hugo Chávez ha manifestado la voluntad inequívoca del estado al querer entrometerse en los asuntos internos de Colombia y solicitar que el acuerdo de cooperación Militar con los estados Unidos no se haga por ser una amenaza para Venezuela. Esta manifestación inequívoca de su voluntad fue formulada con la intención de producir efectos jurídicos cuando convoco al pronunciamiento del los jefes de estado de Unasur sobre el tema buscando que la comunidad Internacional interviniera en Colombia rechazando estos acuerdos, haciendo patente su intervención en los asuntos de Colombia para su Beneficio propio, pues esta bien puesto de manifiesto su intención expansionista de su proyecto socialista Bolivariano. Cuando el presidente Chávez suspende las importaciones desde Colombia y congela todo acuerdo comercial, cuando amenaza con expropiar a toda empresa Colombiana del ramo del Café, esta siendo consecuente con ese acto inequívoco de la voluntad del estado y produciendo efectos jurídicos con repercusiones económicas en los Industriales Colombianos, aunando mas la tensión en las fronteras con la amenaza de tanques y armas de ultima tecnología. La comunidad Internacional no se puede quedar callada y es necesario que desde nuestro asiento como colombianos sentemos la voz en el cielo, para que toda la comunidad Internacional abra los ojos y mira al monstruo de cien cabezas que se esta formando en Venezuela.

No hay comentarios:

Publicar un comentario