sábado, 10 de octubre de 2009

BASES MILITARES ESTADOUNIDENSES EN COLOMBIA


Las bases militares en Colombia han provocado gran incertidumbre entre todos los países del sur de América Latina esto debido a que existe la duda si estados unidos tendrá mando en las operaciones que se realizaran contra el terrorismo.

El gobierno colombiano considera que las bases son una muy buena estrategia para combatir el terrorismo, esto a que los estados unidos solo aportaran su tecnología en todas y cada una de las operaciones que se realice para contrarrestar estos actos ilegales, dejando en claro que el gobierno colombiano es el único que tomara decisiones respectos de estas estrategias.

Existe una continuidad en la estrategia militar del gobierno de los Estados Unidos, Obama se propone adelantar nuevas combinaciones políticas. A esta altura es visible el arco de control establecido bajo jurisdicción del Comando Sur. Bases de Guantánamo (Cuba), Roosevelt Roads y Fort Buhanan (Puerto Rico), Soto Cano (Honduras), Comalapa (El Salvador), Bahamas, Curaçao y Aruba. Es cierto que el gobierno de Ecuador acaba de cancelar la concesión de la base de Manta, pero las siete bases en Colombia tienen una explicación que va más allá del reemplazo. Se trata de edificar un verdadero frente ofensivo (obsérvese la disposición longitudinal de Sur a Norte) hacia Venezuela, en lo inmediato, pero con propósitos de reforzar una iniciativa sobre la región andino-amazónica. De hecho, en lo que se refiere al Pacífico, téngase en cuenta que ya Alan García le otorgó derechos a la IV Flota para la utilización de los puertos peruanos, así como permitió la entrada del ejército de Estados Unidos en la zona del Valle de Huallaga.

Este frente ofensivo se levanta, por supuesto, sobre la base de la presencia que siempre ha tenido aquí, reforzada últimamente en desarrollo del ‘plan Colombia’. Pero va más allá de las labores contrainsurgentes, que son lo que despierta el entusiasmo de Uribe. Al contrario, es posible que el gobierno le juegue a la prolongación del conflicto en la medida en que el argumento del “desbordamiento” le permita utilizar a los paramilitares contra Venezuela, en una nueva versión de los contra nicaragüenses. Sería una táctica de hostigamiento y provocación para precipitar una confrontación colombo-venezolana. Es lógico. En la actual coyuntura, no es factible un ataque militar directo de Estados Unidos en un país de Suramérica, pero sí una supuesta intervención humanitaria que, como contraprestación, lleve a “cambios de gobierno”.

Téngase en cuenta que, paralelamente, la derecha militarista continúa la contraofensiva de recuperación, de Centroamérica al Sur, incluida Venezuela, bajo la fórmula nunca abandonada del intervencionismo conspirativo.

GISELA LOSADA DUSSSAN COD: 40421791

viernes, 9 de octubre de 2009

LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS ONU


Las Naciones Unidas son una organización de Estados soberanos. Los Estados se afilian voluntariamente a las Naciones Unidas para colaborar en pro de la paz mundial, promover la amistad entre todas las naciones y apoyar el progreso económico y social.

En el momento de su creación se admitieron como Miembros 51 países actualmente, con la reciente inclusión de Suiza y Timor Oriental en el 57 período ordinario de sesiones de la Asamblea General, y de Montenegro en Junio del 2006, 192 países son Miembros de las Naciones Unidas.

La Organización de las Naciones Unidas fue fundada el 24 de octubre de 1945 por los 51 Miembros que firmaron la "Carta de las Naciones Unidas" en la Segunda Guerra Mundial contra los países del Eje y se convirtió en sucesora legal de la Sociedad de Naciones en 1946.

La Organización de las Naciones Unidas es un foro o lugar de reunión que prácticamente incluye a todas las naciones del mundo y proporcionan el mecanismo que ayuda a encontrar soluciones a las controversias o problemas entre países y a adoptar medidas en relación con casi todas las cuestiones que interesan a la humanidad. Estas cuestiones son analizadas de acuerdo a una serie de propósitos establecidos en el capítulo 1 de la "Carta de las Naciones Unidas", teniendo como finalidades:

  • Preservar a las nuevas generaciones del flagelo de la guerra
  • Reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre
  • Crear condiciones para mantener la justicia y el respeto a los tratados internacionales
  • Promover el progreso social y elevar el nivel de vida
  • Luchar contra el analfabetismo
  • Establecer normas mundiales en materia de derechos humanos
  • Proteger y promover los derechos de todas las personas
  • Atender y proteger a los refugiados
  • Incrementar la producción de alimentos

Por esta labor y los grandes logros de la Organización y sus agencias especializadas, así como diversos personajes relacionados con la ONU, se les ha reconocido con el Premio Nobel de la Paz.

La Organización de las Naciones Unidas abarca seis órganos principales:

  • Asamblea General
  • Consejo de Seguridad
  • Consejo Económico y Social
  • Consejo de Administración Fiduciaria
  • Corte Internacional de Justicia
  • Secretaría
Actualmente, con el fin de aumentar la eficacia de la Organización se han dado diversas propuestas de reforma de las Naciones unidas de las cuales muchas se han llevado a cabo, logrando mayor ahorro de recursos y un mejor desempeño de las labores de la Organización

Yamil andres bautista 40411716

¿BASES ESTADOUNIDENSES EN COLOMBIA, REALMENTE UNA AMENAZA CONTRA LATINO AMÉRICA?


Parece inminente el acuerdo entre el gobierno de Colombia y el gobierno de los Estados Unidos de establecer 7 bases militares para uso del ejército Estadounidense en territorio colombiano, generando así un ambiente de incertidumbre y un nerviosismo entre algunos estados de América Latina.

¿Al ver esto hay que preguntarnos: Realmente Latino América esta vulnerada por la incursión de nuestro amigo del norte?

Ciertamente la instauración de las bases militares de Estados Unidos radica en que será una gran ayuda al combate del narcotráfico y la lucha contra las FARC, ayuda que consistirá en armamento, fuerza militar, instrumentos de espionaje, etc.; mecanismos o tecnología que actualmente no tenemos y será una ayuda inmensa para terminar con este cáncer llamado narcotráfico.

Pero claro, para esta situaciones siempre habrá opositores, estos se basan que esta incursión de los Estados Unidos de América no es para la lucha contra el narcotráfico, si no para que estos se posicionen en esta región estratégica, teniendo como país vecino a su opositor Hugo Chávez, hablan que entre Bogotá y Caracas existe una distancia aproximada de 700 kilómetros, por lo que EE.UU. estará más cerca de su opositor, además cabe mencionar que su posicionamiento en la región también servirá para controlar los movimientos sociales que también son causados por Bolivia en el corazón de América del Sur.

Las posturas de los estados latinoamericanos están separadas, la realidad es que bases militares del país más armamentista del mundo si podría generar una cierta inestabilidad en la región y en el peor de los casos un conflicto bélico en una región en la que integran países en contra de los USA. Estos países, ya prácticamente socialistas en su totalidad intentan desesperadamente detener la entrada de cómo ellos lo llaman “el imperio” a toda costa, ya que no es conveniente tener un enemigo de esa magnitud tan cerca. Estos intentos como todos los hemos visto constan de declaraciones, algunas veces ofensivas, reuniones como la de UNASUR, y hasta el corte de las relaciones sociales y económicas con los países contradictores.

Finalmente refiriéndonos a esa cumbre de UNASUR se concluyo que Colombia es un país soberano que puede decidir autónomamente respecto del acuerdo con EE.UU. Lo principal es que se asegure que no repercuta negativamente en los demás países de Sudamérica. También se realizo un escrito en que todos los integrantes de UNASUR aprobaron, el cual plantea que “la presencia de fuerzas militares extranjeras no puede, con sus medios y recursos vinculados a objetivos propios, amenazar la soberanía e integridad de cualquier nación sudamericana y en consecuencia la paz y seguridad de la región”. Pero la afirmación de “con sus medios y recursos vinculados a objetivos propios” muestra que el debate apenas está empezando y que vendrán nuevos episodios, el cual nuestros vecinos Venezuela y Ecuador estarán al tanto para formar alborotos algunas veces muy ofensivos.

MUNDO CAMBIANTE...

El trasegar de la vida nos ha enseñado que los seres humanos y todo lo que está a su alrededor se encuentra en una dinámica constante. Definitivamente nada se queda en el lugar original. Todo es un devenir y como decía Heráclito, “Nadie se baña dos veces en el mismo río”. De la misma manera, ocurre con el derecho. Este, en razón a las necesidades de los hombres y de los pueblos, tiene el deber-responsabilidad de adaptarse a los cambios, siempre con el propósito de servir de alternativa en la solución de las controversias que surgen de las relaciones entre las comunidades.
Lo anterior, podemos constatarlo desde épocas remotas, cuando las grandes civilizaciones, en medio de la consecución de su desarrollo, se vieron obligadas a regular las relaciones con otros entes externos (grupos humanos vecinos o no vecinos, pero ajenos a su conglomerado). Este es el caso de la antigua Mesopotamia y de Grecia que se dedicaron al comercio como la principal actividad económica de sus Estados; o China y Roma que poco a poco fueron entendiendo que encerrados en su cascarón les era imposible surgir e igualarse a aquellos que ya habían empezado a ganar ventajas económicas.
Ahora bien, en épocas mas recientes, y específicamente durante el tiempo de las dos grandes hecatombes, e incluso años anteriores, el manejo de las relaciones internacionales pasaron todavía a un plano mucho mas relevante: era de suma urgencia comenzar a pactar, realizar tratados que conllevaran a la consecución de la paz de tal manera que las naciones vivieran en suma tranquilidad tanto para el manejo de sus relaciones personales como para lo concerniente al tratamiento de las relaciones comerciales, políticas y demás.
Aunado a lo anterior, y para continuar reafirmando la idea de la dialéctica del derecho, lo concretamos en lo que se ha llamado proceso de globalización, entendiendo ésta como un concepto que intenta definir la realidad de nuestro planeta como un todo conectado, en donde exista, algo así, como una sola sociedad integrada por conglomerados identificados por la extensión de sus culturas, de sus relaciones comerciales y para el caso que nos llama en este discurrir, lo concerniente a las normas y el derecho en general.
De lo anterior, surge la importancia de que se tengan que establecer reglas claras en torno a la dinámica del derecho, tanto internacional público como internacional privado y de esta manera forjar un equilibrio en razón a las profundas desigualdades que existen a la hora del desarrollo.

LYNA PATRICIA CANO CALDERON

EL INTERNET COMO ELEMENTO DE ENLACE EN EL DERECHO INTERNACIONAL



Podemos ver que en un mundo global como el de nuestros tiempos, el Internet ha tomado gran importancia en cuanto a su carácter de comunicador de información, siendo este un pilar del conocimiento y la cultura humana. Normalmente las personas no se detienen a pensar las diferentes implicaciones jurídicas que tiene realizar determinadas acciones en esa virtualidad. Libertad de expresión, derechos de autor e intelectuales, responsabilidades por delitos o daños causados mediante medios digitales y las mismas transacciones bancarias, son un ejemplo de situaciones fácticas que cada vez más se transforman en datos que viajan a través de la red constantemente.

La posible regulación de los temas expuestos en gran variedad de páginas, ha constituido todo un reto ya que el Internet como territorio libre, tiende al esparcimiento de temáticas que resultan dañinas socialmente de forma totalmente irresponsable especialmente si no conocemos en la mayoría de las oportunidades a los verdaderos autores de dichas paginas, haciendo aun mas imposible la posible imputación de responsabilidades.

La doctrina han intentado relacionan la regulación del estado y sus entes con el ciberespacio, ya que considera que este es el legitimado para promulgar las normas tendientes a la resolución de conflictos emanados de la Web. Una segunda vertiente habla de que el Internet debe regularse a sí mismo, considera esta vertiente que el Internet es un ente autónomo, de carácter social global y separado y que las normas nacionales no son aplicables a la red. El ala más radical de aporta que ninguna ley es capaz de regularlo, expresan que el internet ha de ser regulado por sus propios usuarios, quienes de primera mano son los interesados, titulares de derechos y deberes en sus respectivos casos.

Es así como redes sociales como Facebook, establecen una especie de contrato social virtual en el cual el usuario si lee atentamente se compromete a una serie de cuestiones como lo son la información contenida allí es de carácter público y transnacional ¿Esto no iría en contra sentido al derecho de la privacidad?, la realidad por más sorprendente y triste que parezca es que ya existen jurisprudencias internacionales sobre quejas realizadas contra estos grupos sociales, pero la mayor parte de los fallos apoya a las corporaciones que mantienen los servidores de estas páginas, ya que el citado contrato (extenso en la mayoría de los casos) establece como dije antes gran cantidad de pautas que el usuario final no conoce al comprometerse, perdiendo en algunos casos incluso su derecho sobre sus propias publicaciones.

Es así como en la actualidad las naciones se quedan cortas al momento de legislar sobre el tema, ya que aunque el derecho internacional es dinámico, el mundo virtual lo es aún más haciendo no imposible pero si muy difícil legalizar el Internet, siendo en la actualidad una de las mayores problemáticas que han de solucionar los estados en especial los temas de pornografía infantil y piratería. Para concluir el internet es una herramienta del mundo globalizado y ya no atañe a un solo estado, así que los entes internacionales han de comenzar a buscar una equidad, entre la realidad verdadera y la realidad virtual.

LEÓN DARIO CABRERA

jueves, 8 de octubre de 2009

DERECHO INTERNO E INTERNACIONAL

DERECHO INTERNO E INTERNACIONAL

Dada la existencia de un derecho internacional, que regula las relaciones entre los sujetos de la comunidad internacional, y unos ordenamientos de los sujetos internacionales.
Se deben presentar las relaciones entre el derecho internacional y el derecho interno, y se deben de tratar en forma separada; La primera consiste en averiguar si el derecho internacional y el derecho interno configuran dos órdenes jurídicos independientes y separados entre sí, o sí, constituyen ramas distintas de un tronco común; La segunda cuestión es el problema de la jerarquía de los órdenes jurídicos, consiste en averiguar si las normas de derecho internacional priman sobre las de derecho interno, o , por el contrario, estas prevalecen sobre las dos primeras.
Doctrina Dualista: considera al derecho internacional y al derecho interno como dos sistemas de derecho iguales, independientes y separados, sin que exista subordinación de ningunos de ellos con respecto a otros. Según EDUARDO JIMENEZ DE ARECHAGA, hay dos premisas fundamentales, una, es que el derecho interno y el internacional tienen un fundamento distinto; mientras que el derecho interno reconoce como fundamento la voluntad de un solo estado, el derecho internacional tiene como fundamento la voluntad común de los estados.
Doctrina Monista: acepta el principio de la subordinación. Para VERDROSS, hay dos doctrinas: a) monismo con primacía del derecho interno; b) monismo con primacía del derecho internacional.
Teorías Conciliadoras: el derecho internacional esta, mediatizado por el derecho interno, por lo cual, toda ley interna contraria al derecho internacional tiene vigencia, si es correcta desde el punto de vista estatal.
La doctrina Monista es al que prevalece hoy, en el sentido de que las normas de derecho internacional forman parte asimismo del derecho interno.
Relaciones entre el Derecho internacional y el derecho interno: se presentan varias doctrinas las principales son:
Doctrina Constitucionalista: constituyen una condición esencial para la validez de los tratados, se fundamenta en la soberanía de los estados.
Doctrina internacionalista: no acepta que las disposiciones constitucionalistas influyan sobre la validez de los tratados, se apoya en que hay que garantizar la seguridad y estabilidad de las relaciones internacionales
NIETO NAVIA, concluye coincidiendo con lo anterior: a) presumirse de la buena fe de los estados que no actúen adrede contra el derecho internacional; b) presumirse de la buena fe, que el derecho interno tome ciertas normas del derecho internacional.
Conclusiones
La conclusión general, que el derecho internacional prevalece sobre el derecho interno; Que en Colombia debe implementarse en la constitución, que las normas y los tratados de derecho internacional formen parte del ordenamiento jurídico colombiano.

CARLOS JAIME SALAZAR

LA SOCIEDAD INTERNACIONAL



Para abordar el siguiente tema, debemos de tener claro ¿ que es el derecho? y nos referimos a que es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter; teniendo en cuenta que desde el momento de nuestro nacimiento, todas las personas estamos sujetos a la aplicación del derecho, puesto que el simple hecho de tener vida implica la aplicación de este, comienza la existencia legal de la persona, lo que conlleva tener una serie de derechos y obligaciones.

El Derecho se nos presenta como una realidad orientada a regular las relaciones que los individuos establecen entre sí dentro del marco de una sociedad o comunidad organizada.

La sociedad aparece así como la base sobre la que opera y se asienta el Derecho. Esta estrecha vinculación entre Derecho y sociedad no es ajena al Derecho Internacional Público y es que al igual que cualquier ordenamiento jurídico el Derecho Internacional va a operar sobre una base social que Se encuentra formada por los estados, las Organizaciones Internacionales, las empresas transnacionales y las ONG. Los verdaderos sujetos del sistema mundial son los estados. De ahí, pues, que se pueda afirmar que la sociedad internacional constituye la base social sobre la que opera el Derecho Internacional. Por tanto lo importante es que es la sociedad internacional es la que moldeará la naturaleza y los caracteres del Derecho Internacional.
De entrada hay que indicar que la sociedad internacional comparada con las sociedades estatales presenta marcadas diferencias. Mientras que en las sociedades estatales se caracterizan por se sociedades centralizadas, jerarquizadas y organizadas, con una clara división de los poderes públicos: legislativo, ejecutivo y judicial; la sociedad internacional es básicamente y no exclusivamente una sociedad de estados soberanos en situación de igualdad y que se encuentra parcialmente organizada, es una sociedad descentralizada en la que no existe una división de poderes, es decir, el Derecho internacional comparado con los Derechos internos se nos presenta como un modelo de ordenamiento jurídico diferente del estatal. Ya que resulta constatable, primer lugar en el plano de la creación de las normas y al no existir un poder legislativo, las normas internacionales son creadas por los propios estados y son ellos los destinatarios de las mismas.

De lo anterior podemos concluir que el derecho internacional publico es el conjunto de reglas que gobiernan las relaciones entre los estados y la estructura y funcionamiento de las organizaciones internacionales, porque Proporcionan mecanismos para ayudar a encontrar soluciones a controversias o problemas internacionales, y para abordar los problemas con los que tropiezan pueblos del mundo entero.


Por: Diana Ulloa